El tribunal concluyó que el empresario no posee aptitud para enfrentar el juicio y dictó su sobreseimiento por deterioro cognitivo irreversible. Los testimonios previos seguirán incorporados.

El Tribunal Oral Federal 7 resolvió aplicar el artículo 336 inciso 5 del Código Procesal Penal para sobreseer a Enrique Pescarmona, después de que el Cuerpo Médico Forense confirmara un cuadro de deterioro cognitivo severo. El dictamen señaló que la enfermedad neurodegenerativa que padece es progresiva y sin posibilidad de recuperación.

Los jueces destacaron que el empresario no logra sostener la comprensión de los hechos, presenta desorientación y no puede participar de su defensa. Esa incapacidad lo vuelve incompatible con un juicio oral, donde la presencia y la aptitud cognitiva son centrales para garantizar derechos básicos.

En su decisión, el tribunal estableció que su indagatoria y los dichos incorporados durante la instrucción serán leídos en el debate. De esta manera, Pescarmona queda definitivamente apartado mientras el proceso continúa con los demás acusados.

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